530.3

La licencia de un ministro termina al final de la siguiente asamblea de distrito. Puede ser renovada por voto de la asamblea de distrito, siempre y cuando el candidato:

  1. Presente a la asamblea de distrito la Solicitud para Credencial de Ministro Licenciado cuidadosamente contestada;
  2. Haya terminado por lo menos dos materias en un curso de estudios validado; y
  3. haya sido recomendado por la junta de la iglesia de la cual es miembro para que sea renovada su licencia, previa recomendación del pastor.

Sin embargo, en caso de que un candidato no haya sido aprobado en un curso de estudios validado y requerido, la asamblea de distrito podrá renovar su licencia si él explica por escrito las razones. Tal explicación debe satisfacer a la Junta de Credenciales Ministeriales y ser aprobada por el superintendente general que preside. La asamblea de distrito, por alguna causa y a su discreción, podrá votar contra la renovación de licencia de un ministro.
A los ministros licenciados que se hayan graduado de un curso de estudios validado y que hayan sido clasificados como jubilados por la asamblea distrital, con la recomendación de la Junta Consultora de Distrito, se les renovarán sus licencias sin que sometan una Solicitud para Licencia de Ministro. (203.4)