336

La jubilación de todos los oficiales y de cualquier director mencionados en los párrafos 335.13 y 335.19 y de cualquier otro director de agencia empleado por la Church of the Nazarene, Inc., deberá realizarse al tiempo de la reunión de la Junta General, subsecuente a la fecha en que cumplan 70 años de edad.

335.21

La Junta General, durante el intervalo entre asambleas generales y/o reuniones de la Junta General, previa nominación como se estipula en el Reglamento Interior de la Junta General y el párrafo 317.4, cubrirá cualquier vacante que pueda ocurrir en los oficios mencionados en los párrafos 335.13, 335.19 y cualquier otra posición ejecutiva creada por la Asamblea General, la Junta General o sus comités electos.

335.20

Sueldos de los ejecutivos. La Junta General fijará y documentará una “evaluación de servicio” y un programa de administración salarial, el que incluirá al director de departamento y a los directores de ministerio/servicio y proveerá una estructura de salarios que reconozca tanto los niveles de responsabilidad como de mérito. La Junta General revisará anualmente y aprobará los salarios de los directores de departamento, del presidente de la Nazarene Publishing House y de otros oficiales que sean autorizados y electos por la Junta General.

335.19

Directores de Departamentos. La Junta General de la Church of the Nazarene, Inc. elegirá directores de departamento de acuerdo a los procedimientos expuestos en los Estatutos de la Junta General y la política de la Junta General, quienes servirán hasta la clausura de la siguiente Asamblea General y hasta que sus sucesores sean electos y acreditados, a menos de que sean removidos de su cargo según lo establecido en el párrafo 317.5. Serán nominados de acuerdo con el siguiente procedimiento: Si hubiere un director en funciones, el Comité Nominativo podrá recomendar un voto de “sí” o “no”, o presentar múltiples nominaciones. La búsqueda de candidatos capaces de desempeñar estas responsabilidades estará a cargo de un comité de búsqueda como lo estipula el Reglamento Interno de la Junta General. Este comité presentará dos o más nombres al Comité Nominativo junto con las razones en las que basan su recomendación.
El Comité Nominativo, compuesto de los seis superintendentes generales y el Comité de Personal del comité respectivo, presentará una o más nominaciones a la Junta General para elección tal como está provisto en el Reglamento Interno de la Junta General.

335.18

La Junta General asignará debidamente cualquier comisión o comité autorizado por la Asamblea General o la Junta General a algún departamento o departamentos o a la junta como un todo y asignará su trabajo, responsabilidad y presupuesto.

335.17

Un asunto en la agenda de la Junta General concerniente sólo a una región o nación será referido, con la aprobación del Comité Ejecutivo de la Junta General y la Junta de Superintendentes Generales, a un comité formado por los miembros de la Junta General que pertenezcan a dicha región o nación.

335.16

La Junta General elegirá a un presidente de la Nazarene Publishing House de acuerdo con lo estipulado en el párrafo 335.19 y el Reglamento Interior de la Junta General.

335.15

La Junta General elegirá a una Junta de la Nazarene Publishing House después de cada Asamblea General, la cual servirá hasta la clausura de la siguiente Asamblea General y hasta que sus sucesores sean electos y acreditados. (338)

335.14

Los miembros de la Junta General que representen las regiones de los Estados Unidos elegirán una Junta de Pensiones y Beneficios de E.U.A., compuesta de un miembro representante de cada región de los Estados Unidos y un miembro vocal. La Junta de Superintendentes Generales presentará las nominaciones como se estipula en el Reglamento Interno de la Junta de Pensiones y Beneficios de E.U.A. (337)

335.13

La Junta General se reunirá antes o inmediatamente después de la clausura de la Asamblea General y elegirá a un secretario general y un tesorero general de acuerdo con lo provisto en el Reglamento Interno de la Junta General, quienes servirán hasta la clausura de la siguiente Asamblea General y hasta que sus sucesores sean electos y acreditados.