328.1

El secretario general puede tener tantos ayudantes como elija la Asamblea General, o como designe la Junta de Superintendentes Generales en el intervalo entre asambleas generales.

328

El secretario general, juntamente con los superintendentes generales, preparará, antes de la apertura de la Asamblea General, todos los formularios necesarios, incluyendo el Compendio del Manual en cuanto a Reglas de Orden, para revisión, y todo lo que sea necesario para facilitar el trabajo de la Asamblea General. El gasto en que se incurra se cubrirá con el fondo de gastos de la Asamblea General.

327.2

El secretario general guardará un registro de los sitios y monumentos históricos en conformidad con el párrafo 902.8.

327.1

El secretario general está autorizado para coleccionar material histórico relacionado con la organización y desarrollo de nuestra denominación y se encargará de la vigilancia de dichos archivos y material.

327

El secretario general se encargará de guardar y retener todos aquellos documentos legales que pertenezcan a la iglesia general.

326.10

Ejecutar fielmente todo lo que sea necesario para el cumplimiento de los deberes de su cargo.

326.9

Tener disponible para descargar de www.nazarene.org el texto completo de la última versión del Manual en un formato que pueda utilizarse en la más amplia variedad de computadoras personales, asistentes digitales personales (PDAs), etc.

326.8

Poner a disposición las actas de las sesiones de la Asamblea General a los delegados de la asamblea específica que las soliciten por medio de su distrito, o de su oficina regional en áreas de Misión Global. Podrán enviarse en un formato digital.

326.7

Mantener en una base de datos permanente el registro de todas las personas a quienes se les ha concedido una licencia de ministro de distrito.

326.6

Revisar las estadísticas del distrito de asamblea para su publicación. (217.3)