151.5

En aquella iglesia en la que se emplee a un pastor de jóvenes, el pastor de la iglesia, en consulta con la junta local y el Concilio de la JNI, le asignará al pastor de jóvenes la responsabilidad de la JNI. En tal caso el pastor de jóvenes cumplirá con algunos de los deberes que de otra manera le hubieran sido designados al presidente de la JNI local. Sin embargo, la importancia del presidente de la JNI yace en proveer liderazgo laico, apoyo y representación para el ministerio juvenil local. El pastor de la Iglesia Local, el pastor de jóvenes y el Concilio de la JNI colaborarán para definir las funciones y responsabilidades de los dos cargos y la manera en que juntos contribuirán al bienestar del minis-terio juvenil de la iglesia. El pastor de jóvenes no podrá fungir como presidente de la JNI. (160.4)

151.4

Presentar un informe mensual a la junta de la iglesia local y un informe en la reunión anual de la iglesia local. (113.9, 127)

151.3

Llevar a cabo las responsabilidades para la escuela dominical de jóvenes que han sido asignadas a los directores de departamentos en los párrafos 147.1–147.9.

151.2

Colaborar con el presidente de MNI en el desarrollo de un énfasis misionero para la juventud.

151.1

Presidir el concilio de la JNI en su función de facilitador del desarrollo del ministerio juvenil de la iglesia local.

151

Presidente de la JNI. El presidente de la JNI local será elegido por los miembros presentes en la reunión anual de la JNI que también lo sean de la Iglesia del Nazareno y de acuerdo con el Plan Local de Ministerio de la JNI. Los candidatos deberán ser aprobados por el pastor y la junta local. El presidente de la JNI será miembro ex oficio de la junta de la iglesia (127), de la Junta de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado (145), y de la asamblea de distrito (201). En caso de que el término “presidente” no signifique lo que se quiere en alguna cultura en particular, el concilio de la JNI local adoptará por voto el uso de un título más adecuado.

Los deberes del presidente de la JNI son:

150.4

Los oficiales y los miembros del concilio serán elegidos por la membresía de la JNI. Sólo los miembros de la JNI que también lo sean de la Iglesia del Nazareno local podrán votar por el presidente de la JNI.

150.3

El concilio de la JNI estará compuesto del presidente y otros oficiales que tengan responsabilidades asignadas de ministerio de acuerdo con las necesidades de la iglesia local, de los representantes juveniles y directores de ministerios que se estimen necesarios y del pastor y/o del pastor de jóvenes locales. Los oficiales del concilio de la JNI serán miembros de la Iglesia del Nazareno local en la que sirvan. El concilio responderá a la junta local.

150.2

La JNI local será coordinada por un concilio de la JNI, el cual será responsable de planificar y organizar el ministerio juvenil de 12 años en adelante, de los estudiantes universitarios y de los de otras instituciones de educación superior, y de los jóvenes adultos, y en conjunto forjará la visión del ministerio juvenil local. Toda la obra del concilio de la JNI relacionada a la escuela dominical estará sujeta a la aprobación del superintendente de la escuela dominical y de la Junta de Ministerios de Escuela Dominical.

150.1

La JNI local se organizará de acuerdo con el Plan Local de Ministerio de la JNI, el cual podrá ser adaptado según las necesidades de la juventud local en armonía con el Estatuto de la JNI y el Manual de la Iglesia del Nazareno.