208.8

Nominar ante la Junta Consultora de Distrito a una persona para ocupar el cargo de tesorero de distrito en caso de quedar vacante el puesto. (219.1)

208.7

Nominar ante la Junta Consultora de Distrito a una persona para ocupar el cargo de secretario de distrito en caso de quedar vacante el puesto. (216.1)

207.1

El cargo de superintendente de distrito de un distrito de fase 1 o fase 2 puede ser declarado vacante con causa por la recomendación del superintendente general en jurisdicción. El cargo de superintendente de distrito en un distrito fase 3 puede ser declarado vacante con un voto por mayoría de las dos terceras partes de la Junta Consultora de Distrito y del CCD. (236, 321)

207

Si por alguna razón la superintendencia de distrito quedase vacante entre asambleas de distrito, los superintendentes generales, de común acuerdo, puede llenar la vacante en consulta con el Comité Consultivo del Distrito (CCD). La consulta incluirá una invitación para que el comité en pleno, proponga nombres para consideración además de los presentados por el superintendente general en jurisdicción. (236, 307.8)

146

El Superintendente de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado. La iglesia en su reunión anual elegirá de entre sus miembros en plena comunión, por cédula y por voto de mayoría de los presentes y votantes, a un superintendente de escuela dominical para servir por un año (34) o hasta que su sucesor sea electo. La Junta de MIEDD, con la aprobación del pastor, podrá proponer que el superintendente de escuela dominical en funciones sea electo por voto de “sí” o “no”. Cualquier vacante será cubierta por la iglesia local en una reunión de la iglesia debidamente convocada (113.11, 145.5). El superintendente de MIEDD recién electo será miembro ex oficio de la asamblea de distrito (201), de la junta de la iglesia local (127), y de la Junta de MIEDD (145).

Instamos a nuestras iglesias locales a que elijan como oficiales sólo a personas que sean miembros activos de la iglesia local y profesen la experiencia de la entera santificación y cuyas vidas den testimonio público de la gracia de Dios que nos llama a una vida santa; que estén en armonía con las doctrinas, el gobierno y las prácticas de la Iglesia del Nazareno; y que sostengan fielmente a la iglesia local con su asistencia, servicio activo y sus diezmos y ofrendas. Los oficiales de la iglesia deben participar plenamente en «hacer discípulos semejantes a Cristo en las naciones.” (34)

Los ddeberes y facultades del superintendente de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado son:

145

Cada iglesia local deberá establecer una Junta de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado (MIEDD) o un Comité de Educación como parte de la junta de la iglesia, en la reunión anual de la iglesia, la cual tendrá la responsabilidad de los ministerios de educación cristiana de la iglesia. En iglesias de 75 miembros o menos, la junta de la iglesia podrá cumplir esas responsabilidades. Los miembros son: el superintendente de MIEDD como miembro ex oficio (146); el pastor; el presidente de MNI; el presidente de la JNI; el director de ministerios entre los niños; el director de ministerios entre los adultos; y de tres a nueve personas electas de entre la membresía de la iglesia en su reunión anual. Los miembros pueden ser elegidos para términos escalonados de dos años y hasta que sus sucesores sean electos y acreditados. En caso de haber una vacante de un miembro electo será cubierta en una reunión de la iglesia debidamente convocada. Si una iglesia elige un comité de educación como parte de la junta de la iglesia deberá cumplir lo estipulado en el Manual en relación con el número mínimo de mayordomos y ecónomos (137, 141). El personal ex oficio será miembro del comité, aunque algunos quizá no sean miembros de la junta de la iglesia.
Instamos a nuestras iglesias locales a que elijan como oficiales sólo a personas que sean miembros activos de la iglesia local y profesen la experiencia de la entera santificación y cuyas vidas den testimonio público de la gracia de Dios que nos llama a una vida santa; que estén en armonía con las doctrinas, el gobierno y las prácticas de la Iglesia del Nazareno; y que sostengan fielmente a la iglesia local con su asistencia, servicio activo y sus diezmos y ofrendas. Los oficiales de la iglesia deben participar plenamente en “hacer discípulos semejantes a Cristo en las naciones.”
(34)

Los deberes y facultades de la Junta de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado o Comité de Educación son:

144

Si ocurriese una vacante entre los ecónomos esta podrá ser llenada por la iglesia local en una reunión debidamente convocada. (113.8)

139

Una vacante en el cargo de mayordomo puede ser cubierta por la iglesia local en una reunión de la iglesia debidamen-te convocada. (113.8)

811

Constitución de Misiones Nazarenas Internacionales

812

Reglamento de la Escuela Dominical y Discipulado

Declaración de Misión

La misión de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado (MIEDD) consiste en cumplir la Gran Comisión entre los niños, jóvenes y adultos a fin de prepararlos para una vida hacer discípulos semejantes a Cristo en las naciones.

Propósito

El propósito de MIEDD tiene cuatro fases:
A. Desarrollar intencionalmente relaciones con inconversos hasta que lleguen a ser discípulos semejantes a Cristo.
B. Enseñar la Palabra de Dios hasta que los niños, jóvenes y adultos sean salvos, santificados por completo y continuen madurando en su experiencia cristiana.
C. Ayudar a los cristianos a crecer espiritualmente, involucrándolos en el evangelismo, la educación cristiana y hacer discípulos.
D. Alentar a los niños, jóvenes y adultos a matricularse la escuela dominical (y/o grupos de discipulado) y a asistir fielmente.