335.12

El tesorero general presentará anualmente a la Junta General un informe financiero detallado de ingresos y egresos de todos los fondos que hayan estado bajo su cuidado durante el año anterior, incluyendo los fondos fiduciarios e inversiones, junto con una declaración detallada de los desembolsos propuestos para el año siguiente de fondos no incluidos en los presupuestos de los departamentos de la Church of the Nazarene, Inc. (330.5)

335.11

Informes. La Junta General recibirá, en su reunión regular, un informe detallado de las actividades de los departamentos durante el año pasado, incluyendo un informe financiero. Cada departamento también presentará un presupuesto de gastos para el año siguiente.

335.10

La Junta General anualmente revisará y hará los ajustes necesarios en los salarios y prestaciones de los superintendentes generales en el intervalo entre asambleas generales.

335.9

La Junta General aprobará las partidas del Fondo para la Evangelización Mundial destinados al Nazarene Theological Seminary (E.U.A.) y al Nazarene Bible College (E.U.A.), tal como parezca prudente y de acuerdo con los fondos disponibles.

335.8

La Junta General tendrá autoridad para aumentar o disminuir la cantidad pedida por cualquier departamento o fondo. Los asuntos de finanzas adoptados por la Asamblea General serán referidos a la Junta General, la cual estará autorizada para ajustar proporcionalmente a las condiciones económicas existentes la partida anual de cualquier institución o agencia de la iglesia de acuerdo con las demandas financieras totales de la iglesia general.

335.7

Cuando la Junta General haya fijado la cantidad total del Fondo para la Evangelización Mundial para el siguiente año fiscal, la Junta General y la Junta de Superintendentes Generales están autorizadas para asignar parte del Fondo para la Evangelización Mundial a los diversos distritos sobre bases equitativas, tanto para el distrito como para los intereses generales afectados. (130, 317.11)

335.6

Fondo para la Evangelización Mundial. El Fondo para la Evangelización Mundial ha de ser la suma de todos los presupuestos de departamentos y los demás fondos recaudados por toda la denominación para el sostenimiento, operación y promoción de sus actividades generales. De los presupuestos pormenorizados solicitados por los diversos departamentos y agencias de la iglesia, y de los estados de cuenta del tesorero general, la Junta General decidirá la cantidad del Fondo para la Evangelización Mundial que ha de asignarse a cada departamento y fondo. Cuando el Fondo para la Evangelización Mundial con sus partidas propuestas para cada departamento haya sido aprobado será presentado a la Junta de Superintendentes Generales para su consideración, sugerencias o enmiendas antes de ser adoptado finalmente por la Junta General.

335.5

Reuniones especiales de la Junta General pueden ser convocadas por la Junta de Superintendentes Generales, el presidente o el secretario.

335.4

Reuniones. La Junta General se reunirá en sesión, en el área de Kansas City, Missouri, E.U.A., por lo menos tres veces durante el cuatrienio, en la fecha especificada por el Reglamento Interior de dicha junta; sin embargo, la hora, fecha y lugar de la reunión regular pueden ser cambiados por resolución adoptada por unanimidad, en una reunión regular o especial, de acuerdo con los mejores intereses de la Junta General y sus comités.

335.3

La Junta General se reunirá antes o inmediatamente después de la clausura de la Asamblea General y se organizará eligiendo oficiales y comités y asignando miembros a los comités de acuerdo con el Estatuto de la Personería Jurídica y el Reglamento Interno para servir durante el cuatrienio y hasta que sus sucesores sean electos y acreditados. Los superintendentes generales, individual y conjuntamente, presidirán las reuniones de la Junta General.