810.212

  1. El comité nominativo de la JNI de distrito nominará a los miembros de la JNI de distrito para ser electos ante el concilio de la JNI de distrito.
  2. Después, la convención de la JNI de distrito elige a los miembros del concilio de la JNI de distrito de entre las nominaciones presentadas por voto de mayoría absoluta.
  3. Una vacante ocurrirá cuando un miembro del concilio cambie su membresía a otro distrito, renuncie, o sea destituido de su cargo por un voto de dos terceras partes del concilio debido al descuido de sus responsabilidades o conducta impropia. Si ocurriera una vacante entre los miembros del concilio, el concilio de la JNI de distrito llenará la vacante por un voto de dos terceras partes si hay un solo nominado, o por un voto de mayoría absoluta en caso de haber dos o más nominados.
  4. El comité nominativo podrá autorizar al concilio de la JNI de distrito para asignar directores de ministerios en el distrito.

810.213

  1. El concilio de la JNI de distrito será el responsable de planificar y organizar el ministerio total para los jóvenes en el distrito así mismo, por medio de sus oficiales y directores, iniciará y dirigirá ministerios y actividades para alcanzar a los jóvenes para Cristo y para responder a sus necesidades de crecimiento espiritual, en armonía con el liderazgo del distrito.
  2. El concilio de la JNI de distrito definirá el enfoque de ministerio de la JNI de distrito en respuesta a las necesidades del ministerio entre los jóvenes y asignará los nombres de los cargos y las responsabilidades a los directores de ministerios de la JNI de distrito.
  3. El concilio de la JNI de distrito apoyará y capacitará a las iglesias locales del distrito para desarrollar un ministerio eficaz entre los jóvenes.
  4. El concilio de la JNI de distrito dará liderazgo al área juvenil de la escuela dominical del distrito al promover el crecimiento en la matrícula y asistencia de jóvenes y al proveer capacitación para maestros de escuela dominical y líderes de jóvenes en colaboración con la Junta Internacional de Ministerios de Escuela Dominical y Discipulado de distrito.
  5. El concilio de la JNI de distrito promoverá los ministerios y programas de la JNI regional y global ante los grupos locales de la JNI.
  6. El concilio de la JNI de distrito hará recomendaciones a la convención de la JNI de distrito sobre el ministerio de la JNI. La convención podrá revisar las recomendaciones antes de aprobarlas.
  7. El concilio de la JNI de distrito establecerá y comunicará el proceso para enmendar el plan de ministerio del distrito.

810.214

  1. El comité ejecutivo de la JNI se compondrá de los oficiales electos de la JNI de distrito y el superintendente de distrito y/o el pastor de jóvenes del distrito. En caso de que el secretario y el tesorero sean nombrados como miembros del concilio, el concilio podrá elegir por mayoría absoluta de voto a dos miembros más del concilio de la JNI de distrito para servir en el comité ejecutivo. Todas las acciones del comité ejecutivo serán comunicadas a los miembros restantes del concilio y estarán sujetas a la aprobación de todo el concilio en su próxima reunión.
  2. El concilio de la JNI de distrito podrá establecer comités de ministerios específicos o de grupos de edades como respuesta a las necesidades de ministerio entre los jóvenes del distrito.

810.215

  1. En colaboración con el liderazgo del distrito, el concilio de la JNI de distrito podrá autorizar la creación de varias zonas dentro de la estructura actual del distrito para organizar el liderazgo de la JNI, de manera que coordinen y desarrollen al máximo el ministerio de la JNI en el distrito.
  2. Un concilio de la JNI de zona podrá ser organizado para que asuma la responsabilidad de ministerios y actividades específicas en la zona.
  3. A president or representative from each zone may serve on the District NYI Council, if so specified by the District NYI Convention.

810.216

  1. El superintendente de distrito designará las responsabilidades del pastor de jóvenes de distrito, en consulta con la Junta Consultora de Distrito y el concilio de la JNI de distrito.
  2. El concilio de la JNI de distrito y el pastor de jóvenes del distrito trabajarán en colaboración y armonía.

810.211

  1. El concilio de la JNI de distrito se compondrá de los oficiales de la JNI de distrito, otros miembros vocales jóvenes electos o asignados y líderes de ministerios según consideren necesario el concilio y el superintendente de distrito y/o el pastor de jóvenes del distrito.
  2. Sólo los miembros de la JNI que sean miembros de la Iglesia del Nazareno en el distrito podrán servir como miembros del concilio de la JNI de distrito.