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Creemos que la cena conmemorativa y de comunión instituida por nuestro Señor y Salvador Jesucristo es esencialmente un sacramento del Nuevo Testamento, que declara su muerte expiatoria, por cuyos méritos los creyentes tienen vida y salvación, y la promesa de todas las bendiciones espirituales en Cristo. Es distintivamente para aquellos que están preparados para apreciar con reverencia su significado y por ella anuncian la muerte del Señor hasta que Él venga otra vez. Siendo la fiesta de comunión, sólo aquellos que tienen fe en Cristo y amor para los santos deben ser llamados a participar en ella.

(Éxodo 12:1–14; Mateo 26:26–29; Marcos 14:22–25; Lucas 22:17–20; Juan 6:28–58; 1 Corintios 10:14–21; 11:23–32)

532.1

Reconocemos sólo una orden del ministerio de predicación: la de presbítero. Esta es una orden permanente en la iglesia. El presbítero debe gobernar bien la iglesia, predicar la Palabra, administrar los sacramentos del bautismo y de la Santa Cena, celebrar matrimonios, todo en el nombre de Jesucristo, la Cabeza de la iglesia, y sujeto a Él. (30–30.4, 32, 513–514.3, 514.9–514.10, 536.12)

802

El Señor mismo ordenó este sacramento santo. Él mandó a sus discípulos que participasen del pan y del vino, que son emblemas de su cuerpo roto y de su sangre derramada. Esta es la mesa del Señor. Esta fiesta es para sus discípulos. Todos ustedes que con verdadero arrepentimiento han abandonado sus pecados y han creído en Cristo para salvación, acérquense y tomen de estos emblemas y, por la fe, participen de la vida de Jesucristo para la consolación y gozo de sus almas. Acordémonos que es la conmemoración de la pasión y muerte de nuestro Señor y que también es señal de su segunda venida. No nos olvidemos de que somos uno, en una misma mesa con el Señor.

El ministro puede ofrecer una oración de confesión y súplica, concluyendo con la siguiente oración de consagración:

Omnipotente Dios, Padre nuestro celestial, que por tu tierna misericordia entregaste a tu único Hijo, Jesucristo, para sufrir muerte en la cruz por nuestra redención: óyenos, te suplicamos humildemente. Concédenos que al recibir estos elementos del pan y del vino, según la institución santa de tu Hijo, nuestro Salvador Jesucristo, en memoria de su pasión y muerte, seamos hechos participantes de los beneficios de su muerte expiatoria.
Nos acordamos de que la misma noche en que nuestro Señor fue entregado, tomó pan y, habiendo dado gracias, lo partió y dio a sus discípulos, diciendo: “Esto es mi cuerpo, que por es dado por ustedes; hagan esto en memoria de mí”. Asimismo, después de haber cenado, tomó la co-pa y, habiendo dado gracias, dio a sus discípulos, diciendo: “Esta copa es el nuevo pacto en mi sangre, que por se derrama por ustedes”. “Hagan esto todas las veces que la beban, en memoria de mí”.
Permítenos venir delante de ti con verdadera humildad y fe al participar de este santo sacramento. Por Jesucristo Señor nuestro. Amén.

Entonces el ministro, habiendo participado primero, administrará la comunión a la congregación con la ayuda de algún ministro o ministros presentes, o cuando sea necesario, de los mayordomos.
Mientras se distribuye el pan, el ministro dirá:

El cuerpo de nuestro Señor Jesucristo, que fue dado por vosotros, los preserve irreprensibles para la vida eterna. Tomen y coman este pan, en memoria de que Cristo murió por ustedes.

Mientras se reparten las copas, el ministro dirá:

La sangre de nuestro Señor Jesucristo, que fue derramada por ustedes, los preserve irreprensibles para la vida eterna. Beban de esta copa, en memoria de que la sangre de Cristo fue derramada por ustedes y sean agradecidos.

Después que todos hayan participado, el ministro podrá ofrecer una oración final de acción de gracias y consagración. (29.5, 514.4, 514.9, 530.7, 531.2, 532.1)

NOTA: Solamente vino sin fermentar deberá usarse en el sacramento de la Cena del Señor.

531.2

El diácono debe llenar los requisitos de la orden en cuanto a educación, dar evidencia de dones y virtudes apropiados, y ser reconocido y confirmado por la iglesia. El diácono será investido de autoridad para administrar los sacramentos del bautismo y la Santa Cena y oficiar matrimonios en donde las leyes del Estado no lo prohíban, y, ocasionalmente para conducir la adoración y predicar. Se entiende que el Señor y la iglesia pueden usar los dones y habilidades de esta persona en diversos ministerios asociados. Como símbolo del ministerio de siervo del Cuerpo de Cristo, el diácono también puede usar sus dones en funciones fuera de la iglesia institucional (30.2, 514.9–514.10)

530.7

A los ministros licenciados se les investirá de autoridad para predicar la Palabra; y/o usar sus dones y virtudes en diversos ministerios asociados de servicio al Cuerpo de Cristo, siempre y cuando aprueben anualmente los estudios requeridos en un programa educacional validado y estén fungiendo como pastores o participen en un ministerio activo y asignado, reconocido por el distrito del que son miembros; también se les investirá de autoridad para administrar los sacramentos del bautismo y la Santa Cena en sus propias congregaciones y para celebrar matrimonios si no lo prohíbe la ley civil. (30.2, 510–511, 514, 514.4, 514.9, 522, 531–531.2, 532–532.2, 800, 802, 803)

514.9

Administrar el sacramento de la Santa Cena por lo menos una vez cada tres meses. Se anima a los pastores a que empiecen a celebrar más frecuentemente este medio de gracia. Si un ministro licenciado no ha cumplido cabalmente con lo prescrito en el párrafo 530.7 (véase también el 802) hará arreglos para que un ministro ordenado administre el sacramento. Se debe considerar ofrecer la Santa Cena a personadas confinadas, bajo la supervisión del pastor.

514.4

Administrar los sacramentos.

138.7

Proveer los elementos para la Santa Cena y, cuando el pastor lo solicite, ayudar en la distribución de los mismos. (29.5, 514.9)