238.2

Supervisar todos los intereses distritales de la escuela dominical.

238.1

Reunirse dentro de la primera semana subsiguiente a su elección y organizarse eligiendo secretario, tesorero, directores de distrito de ministerios entre los adultos, de ministerios entre los niños y de Cursos de Discipulado Cristiano, quienes serán miembros ex oficio de la Junta de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado. Otros directores de distrito, según se consideren necesarios, podrán ser nominados por el Comité Ejecutivo y electos por la junta.

238

La Junta de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado (MIEDD) de distrito se compondrá del superintendente de distrito, el presidente de MNI de distrito, el presidente de la JNI de distrito y el presidente de la Junta de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado (MIEDD) de distrito, quienes constituirán el Comité Ejecutivo, y por lo menos de tres miembros adicionales. Los miembros adicionales serán electos por la asamblea de distrito o por la Convención de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado de distrito, por períodos escalonados de tres años y hasta que sus sucesores sean electos y acreditados. Después de la organización inicial de la Junta de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado de distrito, los tres miembros adicionales serán electos de entre seis nominados, de los que uno será electo para servir por tres años, otro por dos y el tercero por un año. Sin embargo, cuando la membresía total del distrito haya rebasado los 5,000, se podrá duplicar el número de miembros nominados y electos y, cuando sea posible, por los menos cuatro de los diez miembros de la junta serán laicos. Las vacantes que ocurran en la Junta de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado entre las asambleas de distrito, podrán llenarse por nombramiento por el superintendente de distrito. (212)

Los deberes de la Junta de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado de distrito son:

212

El superintendente de distrito puede llenar las vacantes en los siguientes comités:

  1. Comité de Finanzas de la Asamblea de Distrito (203.21);
  2. Comité de Auditoría de Distrito (203.25);
  3. Junta de Credenciales Ministeriales de Distrito (226.1);
  4. Junta de Estudios Ministeriales de Distrito (229.1);
  5. Junta de Evangelismo de Distrito o el director de evangelismo de distrito (232);
  6. Junta de Propiedades de la Iglesia de Distrito (233);
  7. Junta de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado de Distrito (238);
  8. Corte de Apelaciones de Distrito (609);
  9. Otras juntas y comités permanentes de distrito para los que no se haya hecho provisión en el Manual ni por acuerdo de la asamblea.

203.20

Elegir una Junta de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado de Distrito de acuerdo con el procedimiento estipulado en el párrafo 238, to para servir hasta que sus sucesores sean electos y acreditados. (204.1, 212)

201

Membresía. La asamblea de distrito se formará de todos los presbíteros asignados (532–532.3, 533–533.1, 536.9); todos los diáconos asignados (531–531.4, 536.9); todos los ministros licenciados asignados (530.8); todos los ministros jubilados asignados (534–534.1); el secretario de distrito (216.2); el tesorero de distrito (219.2); los presidentes de comités permanentes de distrito que informen a la asamblea de distrito, los presidentes laicos de instituciones nazarenas de educación superior que tengan su membresía en el distrito, el presidente distrital de MIEDD (239.2); los directores de distrito de los ministerios de divisiones por edades (niños y adultos); la Junta distrital de MIEDD; el presidente distrital de JNI (240.4); el presidente distrital de MNI (241.2); el recién electo presidente o vice presidente de cada junta de MIEDD local (146); el presidente o vicepresidente recién electos de cada JNI local (151); el presidente o vicepresidente recién electos de cada MNI local (153.2); o un suplente debidamente electo podrá representar a MNI, JNI, y MIEDD en la asamblea de distrito, los que sirven en funciones asignadas de ministerio de acuerdo con los párrafos 503–526.1; los miembros laicos de la Junta Consultora (221.4); los misioneros globales laicos cuya membresía de la iglesia local esté en el distrito, todos los misioneros globales laicos asignados y jubilados cuya membresía local esté en el distrito y los delegados laicos de cada iglesia local o iglesia tipo misión en el distrito. (24, 113.14–113.15, 201.1–201.2)

147.9

Presentar un calendario trimestral de las actividades de su departamento a la Junta de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado para coordinarlas con el ministerio total de escuela dominical de la iglesia local.

147.8

Recibir todos los informes de los diversos ministerios que funcionen dentro del departamento de la iglesia local bajo su dirección. Presentar al superintendente de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado un informe mensual de todos los Ministerios de Discipulado (escuela dominical/responsabilidades de ministerios extendidos/discipulado/estudios bíblicos).

147.7

Presentar una solicitud de presupuesto anual a la Junta de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado (MIEDD) y/o a la junta de la iglesia, y administrar los fondos de acuerdo con la aprobación de ese presupuesto.

147.6

Proveer capacitación para obreros de los departamentos en cooperación con la Junta de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado (MIEDD) y el director de Cursos de Discipulado Cristiano.