527.1

Cumplimiento de los fundamentos educativos para la ordenación al ministerio. La Iglesia del Nazareno alrededor del mundo provee una variedad de instituciones y programas educativos. Los recursos de algunas áreas mundiales permiten que más de un programa se desarrolle para proveer los fundamentos educativos para el ministerio. Lo que se espera normalmente es que cada estudiante se beneficie con la preparación con el curso ministerial validado más apropiado provisto por la iglesia en su respectiva área mundial. En algunos casos, las circunstancias particulares del estudiante pueden hacer lo ideal imposible. La iglesia usará tanta flexibilidad en sus sistemas logísticos como sea posible, de modo que haga disponible una preparación adecuada para cada persona llamada por Dios al ministerio en la iglesia. Se podrá usar un curso ministerial validado, dirigido y supervisado por la Junta de Estudios Ministeriales del Distrito, así como las modalidades de universidad/seminario, desarrolladas por las instituciones educativas. Estas deberán cubrir las mismas áreas generales estándares tal como está delineado en la Guía Internacional sobre el Desarrollo de Normas para la Ordenación y la Guía de Estudio Ministerial. Cuando un ministro con licencia culmine satisfactoriamente un curso validado de estudios ministeriales, la institución educativa le expedirá un certificado de culminación de dichos estudios. El ministro con licencia deberá presentar el certificado de culminación de estudios a la Junta de Estudios Ministeriales del distrito para considerar su recomendación a la asamblea de distrito para la graduación de un curso validado de estudio.

345.7

Responsabilidades del Comité Consultivo Regional del Curso de Estudios (RCOSAC por sus siglas en inglés). Las responsabilidades principales del RCOSAC son:

  1. Elaborar la Guía de Desarrollo Ministerial Regional (GDMR) estipulando las normas de los requerimientos mínimos de educación en la región en la Iglesia del Nazareno. La GDMR debe reflejar las normas establecidas en el Manual y elaboradas en la Guía Internacional de Normas de Desarrollo para la Ordenación;
  2. Elaborar procedimientos de validación para los programas de educación ministerial en su región, verificar si los programas regionales cumplen las normas mínimas del Comité Consultivo de Cursos de Estudio (COSAC, en inglés) y del Comité Consultivo Internacional de Curso de Estudio (ICOSAC, por sus siglas en inglés);
  3. Colaborar con los proveedores de educación regional al interpretar las normas en los programas de educación ministerial;
  4. Revisar los programas de educación ministerial presentados de acuerdo con las normas de la Guía Internacional de Desarrollo Ministerial;
  5. Recomendar los programas de educación ministerial regional al ICOSAC para su adopción y aprobación.

345.6

Comité Consultivo Regional de Curso de Estudios. El Comité Consultivo Regional de Curso de Estudios (CCRCE) estará compuesto por el coordinador regional de educación, quien será presidente ex oficio del comité, más los representantes seleccionados en consulta con el director regional. Los miembros del CCRCE deben representar a todas las partes interesadas en la educación ministerial, (por ejemplo: pastores, administradores, educadores, y laicos) para la región.

341

Después de la Asamblea General, el director de desarrollo ministerial en consulta con los coordinadores regionales de educación, presentará una lista de nominados para que sirvan en el Comité Consultivo Internacional del Curso de Estudio (ICOSAC), por sus siglas en inglés). Los nominados al comité pueden incluir representantes pastorales, administrativos, educadores y laicos. La composición del ICOSAC debe representar sustancialmente a la iglesia global. La Junta de Superintendentes Generales nombrará al Comité Consultivo Internacional de Curso de Estudios para servir durante el cuatrienio.
El Comité Consultivo Internacional de Curso de Estudios debe reunirse no menos de una vez cada dos años en un lugar determinado por el director de desarrollo ministerial

The International Course of Study Advisory Committee shall meet not less than once every two years at a location determined by the Global Clergy Development director (527.1–527.2, 527.5).

340

El comité sobre los intereses del evangelista llamado por Dios se compondrá del coordinador de evangelismo, quien será presidente ex oficio del comité, además de cuatro evangelistas titulados y un pastor. El director de la oficina de E.U.A./Canadá, en consulta con el coordinador de campañas evangelísticas presentará una lista de candidatos de parte del comité a la Junta de Superintendentes Generales, para que ésta dé su aprobación y proceda al nombramiento. El comité, o la persona que éste designe, entrevistará personalmente a los evangelistas comisionados que hayan sido recomendados por sus respectivas asambleas de distrito para ser designados “evangelistas titulados” (509.3). Asimismo revisará la situación de la evangelización itinerante en la Iglesia del Nazareno y presentará recomendaciones, concernientes tanto a las campañas evangelísticas como a los evangelistas, al correspondiente comité de la Junta General. Las vacantes serán cubiertas por asignación de la Junta de Superintendentes Generales por recomendación del Director de la oficina de E.U.A./Canadá, en consulta con el coordinador de campañas evangelísticas. (317.7)

335.19

Directores de Departamentos. La Junta General de la Church of the Nazarene, Inc. elegirá directores de departamento de acuerdo a los procedimientos expuestos en los Estatutos de la Junta General y la política de la Junta General, quienes servirán hasta la clausura de la siguiente Asamblea General y hasta que sus sucesores sean electos y acreditados, a menos de que sean removidos de su cargo según lo establecido en el párrafo 317.5. Serán nominados de acuerdo con el siguiente procedimiento: Si hubiere un director en funciones, el Comité Nominativo podrá recomendar un voto de “sí” o “no”, o presentar múltiples nominaciones. La búsqueda de candidatos capaces de desempeñar estas responsabilidades estará a cargo de un comité de búsqueda como lo estipula el Reglamento Interno de la Junta General. Este comité presentará dos o más nombres al Comité Nominativo junto con las razones en las que basan su recomendación.
El Comité Nominativo, compuesto de los seis superintendentes generales y el Comité de Personal del comité respectivo, presentará una o más nominaciones a la Junta General para elección tal como está provisto en el Reglamento Interno de la Junta General.

335.18

La Junta General asignará debidamente cualquier comisión o comité autorizado por la Asamblea General o la Junta General a algún departamento o departamentos o a la junta como un todo y asignará su trabajo, responsabilidad y presupuesto.

317.3

Tener la autoridad principal con respecto a las políticas y planes eclesiásticos (es decir, asuntos de teología, ordenación, y estrategia de misión), y aconsejar a la Junta General, sus comités y todas las Juntas de la Iglesia del Nazareno en otros asuntos. La Junta de Superintendentes Generales hará recomendaciones que crea convenientes a la Junta General y a sus comités. La Junta de Superintendentes Generales aprobará o desaprobará todas las nominaciones hechas por el Comité de Misión Global a la Junta General de la Iglesia del Nazareno para el nombramiento de misioneros.

304.2

El Comité de Preparación de la Asamblea General y los superintendentes generales formularán un programa para la Asamblea General, incluyendo el énfasis de cada uno de los intereses generales; un culto de comunión y otros cultos religiosos para los primeros tres días de la Asamblea General o hasta que un comité de adoración pública haya sido designado; dicho programa estará sujeto a la aprobación de la Asamblea General.

304.1

El Comité de Preparación de la Asamblea General tendrá autoridad para arreglar todos los detalles necesarios respecto a oficinas, salas de exhibición, espacio, hospedaje, alimentación y todo lo necesario para contribuir a la comodidad, conveniencia y eficiencia de la Asamblea General, con el derecho también de hacer cuantos contratos sean necesarios para obtener su objetivo.