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El Presidente de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado de distrito. La asamblea de distrito o la Convención de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical de distrito elegirá, de entre dos o más nominaciones presentadas por el Comité Nominativo de distrito, a un presidente de la Junta de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado de distrito que servirá por un período de uno o dos años. El presidente en funciones podrá ser reelecto por un voto favorable de “sí” o “no” cuando tal votación haya sido recomendada por la Junta de Ministerios de Escuela Dominical de distrito, con la aprobación del superintendente de distrito. Una vacante que ocurra entre asambleas de distrito se llenará de acuerdo con las provisiones del párrafo 212. (238.6)

Los deberes y facultades del presidente de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado de distrito son: