810.409

    1. Las responsabilidades del presidente de la JNI Global incluyen:
      1. Proveer visión y liderazgo a la JNI en colaboración con el director de la JNI y líderes de la JNI y de la iglesia en cada nivel.
      2. Presidir las reuniones de la convención de la JNI Global y las reuniones del concilio de la JNI Global.
      3. Avanzar los intereses de la JNI Global y la obra de la JNI en todo el mundo.
      4. Representar a la JNI como miembro de la Junta General de la Iglesia del Nazareno, con la aprobación de la asamblea general después de la elección.
      5. Representar a la JNI como miembro de la asamblea general al terminar su período de servicio.
      6. Desempeñar otras responsabilidades según le sean asignadas por el concilio y la convención de la JNI Global.
    2. Las responsabilidades del vicepresidente de la JNI Global incluyen:
      1. Cooperar con el presidente de todas las formas posibles para desempeñar un ministerio eficaz entre los jóvenes a nivel global.
      2. Asegurarse de que se conserven archivos precisos de todas las actas de la convención de la JNI Global y de todas las reuniones del concilio de la JNI Global para presentarlos ante la Junta General por medio del Comité de Ministerios Internacionales de Escuela Dominical y Discipulado y la JNI, y ante la asamblea general.
      3. Presidir el concilio de la JNI Global, proveer representación suplente en cualquier junta o concilio, y cumplir con cualquier obligación designada en caso de que el presidente de la JNI esté ausente.
      4. Dirigir la elección de un nuevo presidente de la JNI Global en caso de una vacante, o ayudar a alguna región en la elección de un nuevo presidente de la JNI regional. En caso de una vacante en el puesto del vicepresidente de la JNI Global, el presidente de la JNI Global cumplirá con esta función.
      5. Desempeñar otras responsabilidades según le sean asignadas por el concilio y la convención de la JNI Global.
      6. Presidir la reunión de los nuevos presidentes de la JNI regionales de E.U.A. electos durante la Convención de la JNI global para elegir dos representantes de E.U.A. ante el concilio de la JNI Global.

810

“Ninguno tenga en poco tu juventud, sino sé ejemplo de los creyentes en palabra, conducta, amor, espíritu, fe y pureza.”
1 Timoteo 4:12

333.3

De entre los nominados por el Concilio Global de la Juventud Nazarena Internacional, la Asamblea General elegirá a una persona por voto “sí” por mayoría absoluta, por cédula. (342.4, 901.3)

333.2

De entre los nominados por la Junta Internacional de Educación, la Asamblea General elegirá a dos, uno de los cuales será ministro ordenado asignado y otro laico.

333.1

Cada nominado por las regiones respectivas será electo por la Asamblea General por voto afirmativo mayoritario y por escrito.

332.6

Los coordinadores regionales de MIEDD y el director global de MIEDD nominarán una persona a la Asamblea General. La Asamblea General elegirá un representante para la Junta General.

332.5

El Concilio Global de MNI nominará a un miembro del Concilio Global de la MNI ante la Asamblea General. La Asamblea General elegirá un representante para la Junta General. (343.3)

332.4

El Concilio Global de la JNI nominará al recién electo presidente de la JNI Global a la Asamblea General. En caso de que el recién electo presidente de la JNI global no pudiera formar parte de la Junta General, el Concilio de la JNI Global nominará a otro miembro de este concilio. (342.4)

332.3

La Junta Internacional de Educación (IBOE) nominará ante la Asamblea General a cuatro personas de las instituciones educativas, dos presbíteros asignados y dos laicos. La Asamblea General elegirá dos representantes, un ministro ordenado asignado y una persona laica a la Junta General. (331.1)

332.2

De la lista de estos candidatos, los delegados de cada región a la Asamblea General nominarán a personas a la Asamblea General de la siguiente manera:
Cada región de 100,000 o menos miembros en plena comunión nominará a un presbítero asignado y a un laico; cada región que exceda los 100,000 y que tenga hasta 200,000 miembros en plena comunión nominará a dos presbíteros asignados, los cuales serán un superintendente de distrito, y un pastor o evangelista, y a dos laicos; para regiones que excedan los 200,000 miembros en plena comunión, a un laico adicional y a un presbítero asignado adicional, con las siguientes provisiones:
En regiones cuya membresía exceda 200,000 miembros en plena comunión, un presbítero asignado deberá ser pastor o evangelista; otro deberá ser superintendente de distrito y el otro presbítero asignado podrá estar en cualquiera de esas dos categorías.
Ningún distrito tendrá derecho a tener más de dos miembros en la Junta General y ninguna región tendrá derecho a tener más de seis miembros (con excepción de los representantes institucionales y miembros de MNI y JNI). Cuando más de dos candidatos de un distrito reciban un número mayor de votos que los candidatos de otros distritos de la región, los de otro distrito que reciban el siguiente número mayor de votos serán seleccionados como nominados de la región. (305.6, 901.1)

En cada región el laico o laicos, el pastor o evangelista y/o el superintendente de distrito que reciban el mayor número de votos en sus respectivas clasificaciones serán nominados por voto mayoritario a la Asamblea General. En el caso de regiones más extensas en las que han de elegirse seis miembros, el laico y el presbítero asignado que reciban el siguiente número mayor de votos serán los nominados adicionales.
Si un Concilio Consultivo Regional determina que es probable que una mayoría de delegados electos no pueda asistir a la Asamblea General, la votación del comité electoral regional puede realizarse vía postal o electrónica dentro de los seis meses previos al inicio de la Asamblea General. El proceso específico, para realizar esta nominación postal o electrónica de los miembros de la Junta General a la Asamblea General, será propuesto por el Concilio Consultivo Regional y sometido a la oficina del Secretario General para su aprobación antes llevarse a cabo.