109.2

Cuando un miembro de una iglesia se haya ausentado de todos los servicios religiosos de la iglesia por seis meses consecutivos sin una razón que la junta de la iglesia consi-dere justificada, y cuando se haya intentado animarlo a participar cuando le fuera posible, su membresía podrá ser declarada inactiva por recomendación del Comité de Evan-gelismo y Membresía de la Iglesia y por decisión de la jun-ta local. Dentro de los siete días subsecuentes a la decisión de la junta de la iglesia, el pastor deberá notificar a esa persona de tal decisión por medio de una carta con espíritu redentor. Después de tal decisión de la junta de la iglesia, el pastor deberá escribir junto al nombre del feligrés: “Ins-crito en la Lista de Membresía Inactiva por la junta de la iglesia (fecha)”.

109.3

Los miembros inactivos deberán ser incluidos en la mem-bresía en plena comunión de la iglesia local con los miem-bros activos. La membresía se informará a la asamblea de distrito en categorías separadas: (1) miembros activos y (2) miembros inactivos.

109.4

Los miembros inactivos no podrán votar en reuniones anuales o especiales de la iglesia ni tener cargos en la misma.

109.5

Un miembro inactivo podrá solicitar por escrito a la junta de la iglesia que reinscriba su nombre a la lista de los miembros activos de la iglesia. Dicha petición debe incluir una reafirmación de sus votos de membresía y la participa-ción en las actividades de la vida de adoración de la iglesia local. La junta de la iglesia deberá responder a la solicitud en un periodo no mayor de 60 días. La membresía en plena comunión se podrá restaurar por recomendación del comi-té de evangelismo y membresía de la iglesia y por la acción de la junta de la iglesia.

110

La junta de la iglesia creará un comité de evangelismo y membresía de la iglesia de no menos de tres personas que actuarán en capacidad consultiva para el pastor, quien será el presidente. (138.3). Sus deberes serán:

110.3

Servir como comité local para llevar a la práctica los pro-gramas denominacionales de evangelismo tanto general como de distrito.

110.4

Instar a los nuevos convertidos a capacitarse para hacerse miembros de la iglesia, por medio de la práctica de una vida devocional continua, el estudio de la Biblia y del Manual, ya sea individualmente y/o en la clase de membresía del pastor, recordando que los miembros recibidos por pro-fesión de fe ayudan a conservar los frutos del evangelismo. (20–21, 30.4)

110.5

Esforzarse por incorporar nuevos miembros a la comunión total y al servicio en la iglesia.

110.6

Trabajar con el pastor en el desarrollo de un programa con-tinuo de guía espiritual para los nuevos miembros.

110.7

Recomendar a la junta de la iglesia, por nominación del pastor, los evangelistas para campañas locales. Se recomienda que por lo menos una campaña anual sea dirigida por un evangelista titulado, comisionado o registrado.