534.1

La jubilación no priva al ministro de sus actividades ministeriales ni de la membresía en la asamblea de distrito. El ministro que haya estado sirviendo en una función “asignada” al tiempo de solicitar la relación de jubilado o a la edad normal de jubilación puede ser colocado en una relación de “jubilado asignado”. Sin embargo, un ministro en una relación “sin asignación” en cualquiera de las situaciones antedichas será colocado en la relación de “jubilado no asignado”. (201, 536.9)

534

El ministro jubilado es aquel al que la asamblea de distrito de la cual es miembro le ha concedido dicha relación, previa recomendación de la Junta de Credenciales Ministeriales de Distrito. Cualquier cambio en la relación deberá ser aprobado por la asamblea de distrito, por recomendación de la Junta de Credenciales Ministeriales de Distrito.

314.1

Un superintendente general al que se le haya concedido la categoría de emérito o jubilado no será miembro de la Junta de Superintendentes Generales. Pero en el caso de que un superintendente general activo quede incapacitado por enfermedad, hospitalización u otra emergencia inevitable que requiera su ausencia de alguna asignación, la Junta de Superintendentes Generales tiene la facultad de darle una asignación temporal a cualquier superintendente general jubilado. (305.3–305.5, 900.1)

314

Todos los superintendentes generales eméritos y los superintendentes generales jubilados serán miembros ex oficio de la Asamblea General. (301)

305.5

Fijar una pensión adecuada de jubilación para cada superintendente general jubilado.

228.8

Recomendar a la asamblea de distrito la relación como ministro jubilado para el ministro que la solicite y que, a discreción de la junta, esté imposibilitado para continuar en sus labores ministeriales activas por causa de incapacitación (203.27, 534) o que desee dejar el servicio ministerial activo por causa de su edad.

203.27

Conceder la relación de jubilación a un ministro previa recomendación de la Junta de Credenciales Ministeriales de Distrito. Cualquier cambio de relación debe ser aprobado por la asamblea de distrito, previa recomendación de la Junta de Credenciales Ministeriales de Distrito. (228.8, 534)

305.4

Dar la condición de jubilado a un superintendente general cuando él haya pedido esta condición, o cuando, a juicio de la Asamblea General, esté incapacitado por invalidez, por su edad avanzada, o por cualquier otra incapacidad que le impida llevar adelante de manera adecuada el cargo de superintendente general; siempre y cuando haya servido como superintendente general al menos por un período completo. La Asamblea General puede conceder la jubilación a un superintendente general quien, habiendo cumplido 65 años de edad, la solicite. Si un superintendente general quien ha cumplido la edad de 65 años solicita su jubilación durante el intervalo entre asambleas generales, su petición podrá ser otorgada por la Junta General en sesión ordinaria por recomendación de la Junta de Superintendentes Generales. (314.1)

301

La Asamblea General estará compuesta de delegados ministeriales y laicos en igual número de cada distrito de Fase 3, con el superintendente de distrito como uno de los delegados ministeriales ordenados, los delegados ministeriales ordenados con asignación y todos los delegados laicos elegidos por las asambleas de distrito; superintendentes generales eméritos y retirados; superintendentes generales; Director Global de Misiones Nazarenas Internacionales (MNI), presidente global de la Juventud Nazarena Internacional (JNI); los oficiales y directores de la Church of the Nazarene Inc., quiénes reportan a la asamblea en pleno de la Junta General; la mitad de los presidentes de las escuelas de la Junta Internacional de Educación de cada región serán miembros votantes, y la otra mitad serán miembros no votantes, según el número y el proceso de selección determinado por la Junta Internacional de Educación; el presidente de la Nazarene Publishing House; el director de Pensions and Benefits International; el director global de Ministerios de Mayordomía; el presidente de Church of the Nazarene Foundation; el director global de la Oficina de Investigación y Estadística; y un delegado misionero global por la Junta General por cada región elegido por los misioneros globales que están sirviendo en esa región. Al no haber elección, el representante misionero será electo por el Comité de Misión Global.