203.26

Presentar a la Asamblea General, por medio del secretario de distrito, las actas oficiales completas del cuatrienio precedente, para su preservación y archivo. (205.3–205.4, 217.7)

203.23

Elegir, por cédula, en una sesión dentro de los 16 meses antes que sesione la Asamblea General, o dentro de los 24 meses en áreas en las que se necesite más tiempo para obtener visas o hacer otros preparativos extraordinarios, a todos los delegados laicos y todos los delegados ministeriales, excepto uno, puesto que el superintendente de distrito ha de ser uno de ellos. Cada asamblea de distrito de Fase 3 tendrá derecho a ser representada en la Asamblea General por un número igual de delegados laicos y ministeriales. El superintendente de distrito que funja durante la Asamblea General será uno de los delegados ministeriales y el resto de los delegados ministeriales serán presbíteros. En caso de que el superintendente de distrito no pueda asistir o de que la superintendencia esté vacante y el sucesor no haya sido nombrado, el delegado suplente debidamente electo ocupará el lugar del superintendente de distrito. El comité nominativo presentará una cédula nominativa con una lista compuesta por el número de delegados elegibles de ese distrito multiplicada por seis, tanto ministerial como laica. De estos nombres, el número de personas para la cédula de votación será reducido a no más de tres veces el número para ser electo. Entonces, serán electos por voto de pluralidad (mayoría simple) los delegados y suplentes de acuerdo con los párrafos 301.1–301.3. Cada Asamblea de Distrito puede elegir suplentes que no excedan el doble del número de delegados. En situaciones donde sea difícil obtener la visa para viajar, una asamblea de distrito puede autorizar a la Junta Consultora de Distrito que seleccione suplentes alternos adicionales. Se espera que los delegados electos asistan fielmente a todas las sesiones de la Asamblea General, desde la apertura hasta la clausura, a menos que algo imprevisto lo impida. (25.1–25.3, 301.1–301.3, 303, 332.1)

202

Fecha. La asamblea de distrito se reunirá anualmente, en la fecha señalada por el superintendente general en jurisdicción y en el lugar designado por la Junta Consultora de Distrito o en el lugar preparado por el superintendente de distrito.

200

La Asamblea General organizará a la membresía de la iglesia en distritos.
Un distrito es una entidad formada por iglesias locales interdependientes organizadas para facilitar la misión de cada iglesia local a través del apoyo mutuo, recursos y colaboración.
Los linderos y el nombre de un distrito serán los fijados por el Comité General de Linderos y aprobados por el voto mayoritario de la(s) asamblea (s) del distrito(s) involucrado(s), con la aprobación final del o los superintendentes generales que tengan jurisdicción.
(24)
Cuando distritos de más de una región educacional consideren fusionarse en un solo distrito, el Comité General de Linderos determinará la región a la que pertenecerá el nuevo distrito, en consulta con los superintendentes generales en jurisdicción.

305.4

Dar la condición de jubilado a un superintendente general cuando él haya pedido esta condición, o cuando, a juicio de la Asamblea General, esté incapacitado por invalidez, por su edad avanzada, o por cualquier otra incapacidad que le impida llevar adelante de manera adecuada el cargo de superintendente general; siempre y cuando haya servido como superintendente general al menos por un período completo. La Asamblea General puede conceder la jubilación a un superintendente general quien, habiendo cumplido 65 años de edad, la solicite. Si un superintendente general quien ha cumplido la edad de 65 años solicita su jubilación durante el intervalo entre asambleas generales, su petición podrá ser otorgada por la Junta General en sesión ordinaria por recomendación de la Junta de Superintendentes Generales. (314.1)

301

La Asamblea General estará compuesta de delegados ministeriales y laicos en igual número de cada distrito de Fase 3, con el superintendente de distrito como uno de los delegados ministeriales ordenados, los delegados ministeriales ordenados con asignación y todos los delegados laicos elegidos por las asambleas de distrito; superintendentes generales eméritos y retirados; superintendentes generales; Director Global de Misiones Nazarenas Internacionales (MNI), presidente global de la Juventud Nazarena Internacional (JNI); los oficiales y directores de la Church of the Nazarene Inc., quiénes reportan a la asamblea en pleno de la Junta General; la mitad de los presidentes de las escuelas de la Junta Internacional de Educación de cada región serán miembros votantes, y la otra mitad serán miembros no votantes, según el número y el proceso de selección determinado por la Junta Internacional de Educación; el presidente de la Nazarene Publishing House; el director de Pensions and Benefits International; el director global de Ministerios de Mayordomía; el presidente de Church of the Nazarene Foundation; el director global de la Oficina de Investigación y Estadística; y un delegado misionero global por la Junta General por cada región elegido por los misioneros globales que están sirviendo en esa región. Al no haber elección, el representante misionero será electo por el Comité de Misión Global.