607.1

Cuando la decisión de una Junta de Disciplina estipule la suspensión o cancelación de las credenciales y el ministro acusado desee apelar, notificará de tal apelación al secretario de la corte ante la cual apelará y al mismo tiempo le entregará su credencial como ministro para archivarla, de manera que su derecho de apelación dependerá del cumplimiento de este requisito. Cuando la credencial haya sido archivada de esta manera, el secretario la guardará cuidadosamente hasta la conclusión del caso, cuando será enviada al secretario general o devuelta al ministro de acuerdo con las instrucciones de la corte.