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Después de la decisión de una Junta de Disciplina, el acusado, la Junta Consultora de Distrito o los que firmaron las acusaciones tendrán derecho de apelar ante la Corte General de Apelaciones, si viven en los Estados Unidos o Canadá, o ante la Corte Regional de Apelaciones en otras regiones del mundo. Esta apelación deberá iniciarse dentro de los 30 días siguientes a la decisión y la corte revisará todo el expediente del caso y las medidas que se tomaron. Si la corte descubre algún error sustancial en perjuicio del derecho de cualquiera de las partes corregirá dicho error orde-nando una nueva audiencia, conducida de tal manera que corrija el perjuicio de la parte afectada por la decisión y el procedimiento previos.