242.3

El período de servicio de los ayudantes bajo sueldo se considerará concluido dentro de los 30 días después que un nuevo superintendente de distrito asuma sus deberes administrativos en el distrito, a menos que se hagan otras provisiones en la ley laboral nacional. (Los empleados de oficina, como los secretarios, no se incluirán en estas provisiones.) (207.3–207.4)