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La Junta de Propiedades de la iglesia de distrito se formará del superintendente de distrito como miembro ex oficio y no menos de dos ministros ordenados asignados y dos laicos. Los miembros podrán ser electos por la asamblea de distrito para servir por cuatro años o hasta que sus sucesores sean electos y acreditados. La Junta Consultora de Distrito puede servir como Junta de Propiedades de la iglesia de distrito por voto favorable de la asamblea de distrito.