106.5

Cuando una iglesia local sea declarada inactiva, los firmantes de todas las cuentas monetarias y/o de inversiones transferirán a la Junta Consultora de Distrito todo lo devengado de las mismas para su depósito. La falta de cumplimiento de esta disposición autoriza a la Junta Consultora de Distrito a que mediante resolución cierre todas las cuentas y asuma jurisdicción sobre todos los activos según lo permita la ley.