402.7

Presentar sus asuntos de negocios y recomendaciones a los comités apropiados de la Junta General.

402.6

Servir a la iglesia en asuntos relacionados con instituciones educacionales nazarenas a fin de fortalecer los lazos entre las instituciones y la iglesia en general.

402.5

Recomendar y proveer apoyo y mediación, aun cuando su función es de consulta para las instituciones, a la Junta de Superintendentes Generales y la Junta General.

402.4

Recibir y tratar en forma apropiada un informe anual del comisionado de educación en el que se resumirá la siguiente información de todas las instituciones de la Junta Internacional de Educación: (1) informe estadístico anual, (2) informe anual de auditoría, y (3) presupuestos fiscales anuales para el año siguiente.

402.3

Recibir los fondos que puedan otorgárseles para propósitos educativos mediante regalos, legados y donativos, y recomendar anualmente partidas de esos fondos para cada institución educacional de acuerdo con el reglamento aprobado por la Junta General. Las instituciones no seguirán recibiendo sostenimiento regular si no presentan sus normas educativas, plan de organización e informes financieros a la Junta Internacional de Educación.

402.2

Cerciorarse de que los miembros de las juntas administrativas de instituciones nazarenas sean miembros de buena reputación de la Iglesia del Nazareno. Deberán estar de acuerdo plenamente con los Artículos de Fe, incluyendo la doctrina de la entera santificación y las prácticas de la Iglesia del Nazareno establecidas en el Manual de la iglesia. Hasta donde sea posible, los miembros de las juntas de control de educación superior deberán tener igual número de ministros y laicos.

402.1

Cerciorarse de que las instituciones estén bajo el control legal de sus juntas administrativas respectivas, cuyas constituciones y reglamentos internos se conformarán con su respectivo estatuto o reglamento de personería jurídica y estarán en armonía con las normas establecidas por el Manual de la Iglesia del Nazareno.