21.1

PRIMERO. Haciendo lo que se ordena en la Palabra de Dios, la cual es la regla de fe y práctica de la iglesia, incluyendo:
(1) Amar a Dios con todo el corazón, alma, mente y fuerzas, y al prójimo como a sí mismo (Éxodo 20:3–6; Levítico 19:17–18; Deuteronomio 5:7–10; 6:4–5; Marcos 12:28–31; Romanos 13:8–10).
(2) Llamar la atención de los inconversos a las deman-das del evangelio, invitarlos a la casa del Señor y procurar que reciban salvación (Mateo 28:19–20; Hechos 1:8; Romanos 1:14–16; 2 Corintios 5:18–20).
(3) Ser corteses con todas las personas (Efesios 4:32; Tito 3:2; 1 Pedro 2:17; 1 Juan 3:18).
(4) Ser de ayuda a los que también son hermanos en la fe, soportándose los unos a los otros en amor (Romanos 12:13; Gálatas 6:2, 10; Colosenses 3:12–14).
(5) Ayudar integralmente a las personas; dando de comer al hambriento, vistiendo al desnudo, visitando a los enfermos y presos, y ministrando a los necesitados, cuando se presente la oportunidad y se tenga la capacidad para hacerlo. (Mateo 25:35–36; 2 Corintios 9:8–10; Gálatas 2:10; Santiago 2:15–16; 1 Juan 3:17–18).
(6) Contribuir al sostenimiento del ministerio, la iglesia y su obra con diezmos y ofrendas (Malaquías 3:10; Lucas 6:38; 1 Corintios 9:14; 16:2; 2 Corintios 9:6–10; Filipenses 4:15–19).
(7) Asistir fielmente a todas las ordenanzas de Dios y los medios de gracia, incluyendo el culto público a Dios (Hebreos 10:25), la ministración de la Palabra (Hechos 2:42), el sacramento de la Santa Cena (1 Corintios 11:23–30), el escudriñar y meditar en las Escrituras (Hechos 17:11; 2 Timoteo 2:15; 3:14–16), las devociones familiares y privadas (Deu-teronomio 6:6–7; Mateo 6:6).

22.1

Estamos de acuerdo que existen tres entidades legislativas en la estructura de la Iglesia del Nazareno: Local, distrital y general. Las regiones sirven como entidades administrativas para la estrategia de misión e implementación.

22.2

Estamos de acuerdo en que es necesaria una superintendencia que complemente y ayude a la iglesia local en la realización de su misión y objetivos. La superintendencia edificará la moral, proveerá motivación, proporcionará administración y asesoramiento de métodos, y organizará y estimulará la organización de iglesias y misiones nuevas en todas partes.

22.3

Estamos de acuerdo en que la autoridad otorgada a los superintendentes no interferirá en la acción independiente de una iglesia completamente organizada. Cada iglesia disfrutará del derecho de escoger a su pastor, sujetándose a las reglas de aprobación que la Asamblea General crea conveniente instituir. Cada iglesia también elegirá delegados a las diferentes asambleas, administrará sus propias finanzas y se encargará de todos los otros asuntos pertenecientes a su vida y labor local.

23

La membresía de una iglesia local consistirá de todas las personas que fueron organizadas como iglesia por aquellos autorizados para hacerlo, y que fueron recibidas públicamente por quienes están debidamente autorizadas, después de haber declarado su experiencia de salvación, su creencia en nuestras doctrinas, y su buena voluntad para someterse a nuestro gobierno. (100-107)

24

La Asamblea General organizará a la feligresía en asambleas de distrito, autorizándoles la representación laica y ministerial que la Asamblea General considere equitativa y justa, y determinará los requisitos de dichos representantes, siempre y cuando todos los presbíteros asignados sean miembros de su asamblea de distrito. [La Asamblea Gene-ral también] El Comité General de Linderos fijará los linderos de los distritos. La Asamblea General también definirá las facultades y deberes de las asambleas de distrito. (200-205.6)